A- de 2013
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Alba Gloria Rosero Delgado Vs Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Factor territorial
- Competencia de Tribunal Superior
- Reiteración Auto 124/09
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia.
El conocimiento de la acción de tutela le correspondió al Juzgado Civil del Circuito de Mocoa, quien dispuso su remisión al Centro de Servicios Administrativos para lo de su competencia.
A su juicio, la autoridad demandada es del orden nacional y por ende, la competencia para asumir el caso recae en el Tribunal Superior de Mocoa.
En nuevo reparto, la Sala Única del precitado Tribunal considera que, de acuerdo con el Decreto 1382 de 2000, el conocimiento de la acción de tutela le corresponde a los jueces del circuito.
La Corte Constitucional, luego de reiterar el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela decide el conflicto suscitado entre las autoridades judiciales mencionadas, ordenando enviar el expediente al Tribunal Superior de Mocoa para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo de primera instancia a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto proferido por el Tribunal Superior de Mocoa, Sala Unica de Decision, el 17 de junio de 2013, dentro de la accion de tutela promovida por la senora Alba Gloria Rosero Delgado contra el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
- Segundo. REMITIR al Tribunal Superior de Mocoa, Sala Unica de Decision, el expediente que contiene la accion de tutela presentada por la accionante, para que de manera inmediata tramite y adopte la decision de fondo de primera instancia a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNICAR al Juzgado Civil de Circuito de Mocoa, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.